Estado de Honduras pretende incluir a iglesias en la normativa de Radios Comunitarias
El Estado de Honduras, a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL, pretende beneficiar con frecuencias comunitarias a organizaciones religiosas (iglesias), instituciones educativas y municipales aglutinadas en mancomunidades.
Tegucigalpa, Honduras (C-Libre).
Así lo establece el artículo 2 del Reglamento de Servicios de Difusión Comunitarios, que CONTAEL ha puesto a «Consulta Pública» por el término de 5 días (15-19 de julio), en su portal electrónico. http://www.conatel.gob.hn/.
De acuerdo a la información recabada por C-Libre líderes religiosos e incluso de empresas comerciales han solicitado a CONATEL frecuencias para ser explotadas con «fines comunitarios», utilizando para ello contactos de alto nivel y afines a sus creencias dentro de la institución de telecomunicaciones.
Según el registro de operadores de los servicios de telecomunicaciones de CONATEL, las iglesias evangélicas ya poseen 106 frecuencias radiales y la iglesia católica 38 frecuencias radiales, ambas religiones explotan el espectro con carácter comercial.
Mientras que, los pueblos indígenas y garífunas apenas operan ocho (8) estaciones comunitarias a nivel nacional, con cobertura geográfica restringida. Entre tanto, el resto del sector social culturalmente no diferenciado está fuera del espectro radioeléctrico.
En ese sentido, la Asociación de Medios de Comunicación Comunitarios de Honduras (AMCH), informó que ha enviado, en debida forma y tiempo, a los Comisionados de CONATEL, las observaciones y propuestas a la normativa, entre las que destaca el rechazo a la inclusión de iglesias y estructuras gubernamentales nacionales y locales, en la categoría de Medios Comunitarios o «con fines comunitarios».
Carlos Enamorado, presidente de la AMCH, considera inapropiada la inclusión de organizaciones religiosas en esta categoría de servicios de difusión comunitarios, porque las mismos tienen fines de proselitismo religioso, predicación de credos particulares y fines de lucro; es decir, aplican más bien a la subasta de medios comerciales; y las mancomunidades e instituciones educativas por su parte a la categoría de medios públicos, que deberán tener su propia reglamentación.
«No es admisible que una iglesia o un grupo económico o persona natural pretenda disfrazarse de medio comunitario y quitarles los derechos legítimos a comunidades organizadas, asociaciones civiles sin fines de lucro, pueblos indígenas y tribales garífunas, movimientos sociales, organizaciones populares y gestores culturales en Honduras», concluyó Enamorado.
Por su parte el periodista Félix Molina, de la AMCH, aseguró que existen estándares internacionales según los cuales a los medios comunitarios no se les debe imponer trabas técnicas, políticas ni jurídicas para sus operaciones; no se pueden imponer a organizaciones sin fines de lucro responsabilidades similares o iguales a las impuestas a los privados, «eso no es crear clases privilegiadas, es justicia», puntualizó Molina.
Otra de las propuestas que la AMCH enviará a CONATEL, es que la potencia de salida del transmisor debe estar comprendida en el rango de 250 a 500 Watts y no en el de 50 a 100 Watts, porque limita la cobertura de trasmisión.
Comentarios recientes